• En un caso de paternidad, no hay cobro por la Oficina del Procurador General para una prueba genética en la mayoría de casos. Sin embargo, si cualquier padre impugna los resultados de la primer prueba y pide una segunda prueba, tendrá que pagar por ésta.
  • Si quiere recibir pruebas genéticas, pregúntele a la Oficina de Manutención de Niños que está encargada de su caso que ordene una prueba genética.
  • Pregunte si una "prueba propia" para su hijo, que puede realizarse en la oficina de manutención de niños, es posible en su á rea.
  • Si su caso involucra violencia intrafamiliar y le dicen que traiga a sus niños a la corte para pruebas genéticas, pregunte si es posible hacer las pruebas cuando el otro padre no esté presente por razones de seguridad.