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Después de finalizar una orden de manutención de niños:

  • Ambos padres deben cumplir con la orden de la corte. Esto significa que la persona ordenada a pagar manutención de niños debe pagar manutención de niños y la persona con custodia principal debe permitir la visitación ordenada.
  • Nota: El padre sin custodia no puede ser sancionado por no presentarse durante el tiempo de visita; pero el padre con custodia puede ser sancionado por negar acceso al padre sin custodia durante su tiempo de visita. Si tiene preguntas sobre visitación o acceso, llama a la Línea Access and Visitation and sitio web complementario.

Si no está satisfecho con la orden, tiene las siguientes opciones:

  • Necesita solicitar una “audiencia de novo” con la corte del distrito a no más tardar del tercer día laboral después de que firme la orden de la corte. Una audiencia de novo tomará lugar en la corte del distrito, con un juez diferente al juez que escuchó su caso inicialmente. Para solicitar esta audiencia, debe entregar a la corte cartas por escrito dentro de 3 días, a la Procuraduría General y al otro padre.
  • Si no solicita una audiencia de novo a tiempo, puede solicitar una moción para nuevo juicio con el mismo corte quien escucho su caso inicialmente. Este debe hacerse dentro de 30 días después que la orden de corte fue firmada. Para solicitar esta audiencia, debe presentar cartas por escrito dentro de 30 días a la corte, a la Procuraduría General y al otro padre.
  • Si piensa que fue negado acceso completo a la corte, hay algo que puede hacer.
    • Si el juez le negó acceso a la corte (por ejemplo, el juez no le permitió hablar o dar su testimonio, el juez le negó un intérprete cuando lo pidió en corte), puede presentar una queja de mala conducta judicial.
    • Si estuvo insatisfecha con el nivel de tratamiento que recibió de cualquier personal de la Procuraduría General, puede presentar una queja con la Procuraduría General.
  • Modificaciones a su orden de manutención de niños:
    • Se pueden hacer cambios a los términos de manutención de niños o apoyo médico de su orden de corte si han ocurrido cambios considerables en la circunstancias:
      Puede pedir que la Procuraduría General examine su caso para modificación de manutención de niños y/o apoyo médico, pero eso no necesariamente significa que presentarán una modificación.
    • Generalmente, cambios considerables en la circunstancias significa que la manutención de niños cambiaría por ya sea 20 por ciento o $100.
    • La Procuraduría General no puede modificar o hacer cumplir órdenes de visitación. Si las provisiones de visitación de su orden de manutención de niños prueban ser imprácticas o las circunstancias de la orden han cambiado, puede presentar una demanda para modificar su orden.
      • Para cambiar la visitación o arreglos de custodia en una orden normalmente requiere que busque un abogado. Si su caso involucra violencia intrafamiliar, es importante que encuentre un abogado que conoce la ley de familia y violencia intrafamiliar. Puede contactar la Línea Legal de Violencia Intrafamiliar de Texas Advocacy’s Project al 1-(800)-374-HOPE, o www.texaslawhelp.org para información sobre ayuda legal en su área.
      • Texaslawhelp.org tiene más información sobre lo que puede hacer para cambiar su orden de visitación.
        **Puede ayudar a mantener un récord de mala conducta del padre: si el otro padre está violando la orden, si el otro padre constantemente falta o llega tarde a la hora de visitación, o si el otro padre usa el tiempo de visitación e intercambio de niños para molestarla.